En una reciente intervención en la Radio de la Asamblea Nacional, Francisco Paredes, experto en derecho internacional, inversiones y arbitraje, compartió observaciones críticas sobre el proyecto de reformas a la Ley de Inquilinato que actualmente tramita la Comisión de Justicia y Estructura del Estado para su segundo debate. Durante el espacio de entrevistas, se abordó la necesidad de actualizar un cuerpo legal que ha permanecido sin cambios sustanciales durante casi 26 años.
La mediación como eje de la reforma
El doctor Paredes destacó que la mayor virtud del proyecto es la inclusión de una etapa prejudicial de mediación obligatoria, lo que obliga a las partes a buscar una salida amistosa antes de acudir a un juez. Sin embargo, advirtió que para que este mecanismo sea viable y no se convierta en una herramienta de retraso para arrendatarios de mala fe, debe reformarse en dos aspectos:
Plazos definidos: La mediación “no debería superar los 3 meses”. Paredes explicó que, sin un límite, un arrendador podría pasar casi un año entre la mediación y el juicio sin percibir ingresos.
Sanciones económicas: Se propone que quien no participe o actúe de mala fe en la mediación sea condenado al pago de multas y costas procesales una vez que se inicie el proceso judicial.
Respecto a la infraestructura, aseguró que Ecuador cuenta con suficientes centros de mediación en ciudades como Quito, Guayaquil, Cuenca y Ambato, por lo que la reforma servirá para reactivarlos y darles mayor carga de trabajo.
Hacia la formalización de los contratos
Otro tema central fue la problemática de los contratos verbales, muy comunes en arrendamientos de menor escala, pero que generan inseguridad sobre las garantías y la condición del bien. Paredes enfatizó que la falta de registro dificulta determinar quién debe asumir reparaciones, como las de tuberías o daños estructurales.
Como recomendación práctica, el experto sugirió que los ciudadanos realicen una “correcta documentación videográfica” o fotográfica al momento de recibir o entregar un inmueble para que sirva de insumo legal. Además, señaló que todo contrato debe incluir con claridad:
- El valor exacto del canon.
- Tiempos para reparaciones y devolución de la garantía.
- La cláusula de mediación obligatoria y la responsabilidad del registro ante notario o municipio.
Sobre la fijación de montos máximos de arriendo, Paredes propuso un sistema más racional que el actual. Sugirió que el canon se establezca proporcionalmente al avalúo catastral, pero permitiendo que las partes tengan la “libertad de moverse hacia arriba o hacia abajo hasta con un 50%”. Esto permitiría que los precios se ajusten a la realidad comercial y a la plusvalía de cada zona, evitando que una ley rígida afecte la actividad económica.
Francisco Paredes concluyó que, de implementarse estos estímulos de tiempo y sanción, la mediación será un “mecanismo que va a liberar de trabajo a la función judicial”, permitiendo que los jueces se enfoquen en casos de mayor complejidad. Asimismo, resaltó que la formalidad en el registro de los contratos dará mayor tranquilidad y organización al mercado de vivienda en el país.